La nueva reforma laboral

Autor: Juan Manuel Camargo González

Fecha de publicación: 28/06/2025

Tema: Laboral

La nueva reforma laboral

El pasado 25 de junio de 2025 fue sancionada la Ley 2466, una reforma laboral que modifica el Código Sustantivo del Trabajo y otras normas para promover el trabajo digno y decente en Colombia, fomentando la creación de empleo formal y garantizando el respeto a los derechos de los trabajadores. Esta ley introduce cambios significativos que sin duda impactarán la gestión del talento humano y las operaciones empresariales de muchos sectores, si no todos.

 

Entre las disposiciones más relevantes, destaca que el contrato a término indefinido se establece como la regla general de vinculación laboral. Si bien se mantienen las modalidades a término fijo y por obra o labor determinada, estas estarán sujetas a condiciones y límites más estrictos para evitar su desnaturalización, so pena de convertirse en contratos indefinidos.

 

La ley redefine el horario de trabajo nocturno, que ahora inicia a las 7:00 p.m., y establece límites claros para las horas extras en dos (2) horas diarias y doce (12) semanales, con un registro obligatorio por parte del empleador. Una novedad fundamental para la operatividad es el recargo por trabajo en días de descanso obligatorio (dominicales o festivos), que se remunerará con un ciento por ciento (100%) sobre el salario ordinario, implementándose de forma gradual: 80% a partir del 1 de julio de 2025, 90% desde el 1 de julio de 2026 y el 100% a partir del 1 de julio de 2027, con la posibilidad de que el empleador aplique el 100% antes. Es importante señalar que las partes pueden convenir por escrito que el día de descanso sea diferente al domingo.

 

La reforma regula también las relaciones laborales en plataformas digitales de reparto, reconociendo la posibilidad de contratos dependientes o independientes, con obligaciones específicas en materia de seguridad social para las empresas operadoras. Sin embargo, el inicio de la vigencia de estas disposiciones está supeditada a su reglamentación por parte del Gobierno nacional en un plazo de doce (12) meses.

 

En materia disciplinaria, se refuerzan las garantías del debido proceso para la aplicación de sanciones, aunque con flexibilización para micro y pequeñas empresas. Adicionalmente, se establecen nuevas obligaciones especiales para el empleador, incluyendo permisos remunerados, ajustes razonables para personas con discapacidad, y la prohibición de maniobras de elusión de derechos laborales.

 

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